TRANSPARENCIA
Cumpliendo con la Ley 19/2013 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno, que en su Capítulo I Transparencia de la Actividad Pública, Capítulo 1, sobre el ámbito subjetivo de aplicación de la Ley, y que en su artículo 3b recoge como sujetos obligados a «Las entidades privadas que perciban durante el período de un año ayudas o subvenciones públicas en una cuantía superior a 100.000 euros o cuando al menos el 40 % del total de sus ingresos anuales tengan carácter de ayuda o subvención pública, siempre que alcancen como mínimo la cantidad de 5.000 euros».
Asimismo, el artículo 8, relativo a la información económica, presupuestaria y estadística, establece:
1. Los sujetos incluidos en el ámbito de aplicación de este título deberán hacer pública, como mínimo, la información relativa a los actos de gestión administrativa con repercusión económica o presupuestaria que se indican a continuación:
c) Las subvenciones y ayudas públicas concedidas con indicación de su importe, objetivo o finalidad y beneficiarios.
AÑO 2023
![](https://i0.wp.com/noticias.adesavi.es/wp-content/uploads/2024/01/trasnparencia-1024x576.jpg?resize=640%2C360&ssl=1)
AÑO 2022
![](https://i0.wp.com/noticias.adesavi.es/wp-content/uploads/2024/01/trasnparencia2-1024x388.jpg?resize=640%2C243&ssl=1)
![](https://i0.wp.com/noticias.adesavi.es/wp-content/uploads/2021/11/Logo-nuevo-SV-300x148-1.jpg?resize=300%2C148)